Factura Electrónica DIAN
La Factura Electrónica DIAN es igual de legal y con el mismo poder que una factura normal y corriente en papel.
Contiene la firma electrónica de los interesados para que ante un poder que lo certifique sea totalmente legal.
La Factura Electrónica DIAN soporta todas las transacciones que se hagan tanto en venta, bienes y servicios. La expedición, recibo, rechazo y conservación solamente se realiza digitalmente.
#1: Datos que Hacen Especiales de la Factura DIAN Electrónica
Estos son los datos que da la DIAN sobre la Factura Electrónica para que sepas los contenidos especiales que contiene.
- Utiliza el formato electrónico de generación XML estándar establecido por la DIAN.
- Lleva la numeración consecutiva autorizada por la DIAN.
- Cumple los requisitos del 617 ET y discrimina el impuesto al consumo cuando es el caso.
- Incluye la firma digital o electrónica para garantizar autenticidad e integridad y no repudio de la factura electrónica, de acuerdo con la política de firma adoptada por la DIAN.
- Incluye el Código Único de Factura Electrónica CUFE.
Las facturas electrónicas de la DIAN solo pueden ser creadas a partir de las siguientes condiciones:
- Realizar solución de facturación electrónica creada por el responsable de facturar.
- Servicios de un proveedor tecnológico, de acuerdo con la Normatividad relacionada: Decreto 2242 de 2015, compilado por el Decreto 1625 de 2016.
Los actores que forman parte de la factura de la DIAN electrónica son los siguientes:
- Facturador Electrónico
- Adquirente
- Proveedor Tecnológico
Pueden utilizar la factura electrónica quienes quieran utilizar el servicio voluntariamente y los elegidos por la DIAN.
#2: Sistema Muisca de la DIAN Factura Electrónica
El Sistema Muisca de la DIAN es el encargado de realizar la Factura Electrónica para los que voluntariamente quieren realizarla.
El plazo una vez manifestado el interés de realizar la factura electrónica es de 3 meses. Este plazo permite las pruebas de habilitación de software de facturación en los servicios de la DIAN.
Si en ese plazo no se habilita la facturación se puede realizar siempre que se quiera en el Sistema Muisca de la DIAN.
Enlace | DIAN
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